El bloque de diputados nacionales FpV-PJ expresó ayer su oposición al artículo 85 de la ley de blanqueo de capitales, al sostener que a través de ese punto "se pretende establecer fuertes multas y penas de prisión a quienes divulguen datos de los sujetos beneficiados con el blanqueo". "El artículo propuesto es claramente inconstitucional, ya que viola el derecho de publicar las ideas por la prensa sin censura previa consagrado en el artículo 14 de la Carta Magna, y la prohibición de que el Congreso dicte leyes que restrinjan la libertad de imprenta, como dispone el artículo 32", dijeron desde esa bancada. Y agregaron que "además, es un retroceso en los estándares democráticos de nuestra sociedad, al coartar la libertad de los periodistas para informar y del pueblo a informarse".
Esta pretensión del PRO motivó un fuerte repudio de la Asociación de Prensa de Tucumán, por entender que lisa y llanamente se trata de un burdo intento de censura por parte del Gobierno con la única pretensión de que no se conozca quiénes serán los beneficiados por el blanqueo.
En el proyecto se incluye un artículo, el N° 85 que textualmente dice: "Los magistrados, funcionarios judiciales o dependientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, los declarantes del Título I del Libro II de la presente y terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal(. Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado."
Según los diputados del FpV-PJ, el proyecto dice que "los terceros que divulguen o reproduzcan documentación o información de cualquier modo relacionada con las declaraciones voluntarias y excepcionales reguladas por esta ley incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal". "Los terceros mencionados precedentemente incurrirán, además, en una multa igual al valor de los bienes exteriorizados por aquel que hubiera realizado la declaración voluntaria y excepcional que se hubiera revelado o divulgado o cuyos hechos, actuaciones, documentos, datos o información se hubiera revelado o divulgado".
Ante la repercusión que generó el planteo y su posible inconstitucionalidad, legisladores del PRO como Pablo Tonelli admitieron que corregirán el polémico artículo 85 al momento de su tratamiento. En Diputados precisamente es donde se canalizarán las objeciones dado que se apuesta a que el tratamiento en el Senado sea un simple trámite.